El trabajo a turnos es un riesgo laboral durante el embarazo. Esto se menciona en el Manual de Prevención de Riesgos Laborales de la Escuela de Medicina del Trabajo del Instituto de Salud Carlos III.

Este problema es particularmente grave para las madres que trabajan en el sector de la salud. Estas mujeres suelen trabajar en turnos largos, incluso durante la noche o el personal de seguridad.

El embarazo no es obviamente una enfermedad, pero implica cambios fisiológicos y psicológicos que pueden ser incompatibles con ciertos aspectos del trabajo regular.

Por consiguiente, en el caso del embarazo, es necesario evaluar muy cuidadosamente lo que hay que cambiar en la práctica profesional para que ni la madre ni el feto se vean expuestos a riesgos innecesarios.

La fatiga y la falta de descanso es uno de los aspectos fundamentales que sufren las embarazadas, así como la manipulación de materiales o sustancias peligrosas o la necesidad de llevar una carga.

El Trabajo a turnos supone un riesgo latente para la mujer y el feto

Riesgo en el embarazo por trabajo a turnos

Las mujeres embarazadas que cambian de trabajo corren un mayor riesgo de reducir el crecimiento del feto.

Los riesgos del trabajo a turnos pueden variar:

  • Física: transmisión de cargas, choques, vibraciones, postura, movimientos y desplazamientos, ruido, radiaciones ionizantes o no ionizantes, temperaturas extremas, fatiga física y mental. Los trabajadores industriales son los más vulnerables.
  • Biológico: Riesgo de infección por toxoplasmosis, herpes, virus de la hepatitis B, citomegalovirus, rubéola axyphilis. Los trabajadores de la salud y los veterinarios son los que corren mayor riesgo.
  • Químicos: Los medicamentos contra el cáncer, los organofosfatos y los plaguicidas, las sustancias tóxicas como el mercurio, el arsénico, el benceno, el carbariol, el dimetilsulfóxido, el dietilbestrol, los gases anestésicos, los hidrocarburos clorados, el monóxido de carbono, las lacas, las pinturas, los disolventes, los metales y otras sustancias tóxicas representan peligro. Todas ellas figuran en la literatura médica como sustancias peligrosas para las mujeres embarazadas.
  • Medio ambiente: trabajar en una atmósfera modificada – por ejemplo, un ama de casa – o en un turno nocturno o rotativo. Si es posible, debería ser reemplazado por un turno de día.
  • Psicosocial: Por ejemplo, trabajar bajo gran estrés, durante mucho tiempo o en aislamiento.
  • Ergonómico: Siempre trabajando en la misma postura, sentado, de pie o forzando.

¿Cómo debe proceder la compañía en esta situación?

Trabajo a turnos es un riesgo para el embarazo

El empleador debe tomar las medidas necesarias para eliminar los riesgos del trabajo como resultado del embarazo. Si esta adaptación no es posible, el lugar de trabajo debe ser adaptado.

En este caso, cabe señalar que si dicho intercambio no se deduce de la evaluación de riesgos que debe realizar cada empresa, independientemente de que ésta tenga o no empleadas embarazadas, también puede iniciarse sobre la base de un certificado médico de la empresa de seguridad social o de la mutualidad que tenga un contrato con la empresa.

¿Qué hacer si no hay una actividad libre de riesgos en toda la empresa?

Si no se puede cubrir la vacante y no es posible cambiar de empleo, el empleado se encontrará en una situación en la que el contrato se suspende por riesgo durante el embarazo. Durante este período, el puesto se reserva para que el empleado pueda volver a trabajar al final del riesgo y el empleador también está obligado a seguir pagando las contribuciones a la seguridad social.