Hay trabajos de riesgo durante el embarazo que la mujer no debería seguir realizando si estos implican el hacer fuerza o aquellos que puedan poner en peligro al feto.
La mujer embarazada, lo más lógico, es que siga trabajando casi de manera normal pero adaptando ciertos horarios y tareas para evitar riesgos innecesarios.
En Europa existe una normativa que protege a la mujer embarazada y que hace una clasificación respecto de los elementos que pueden poner en peligro el bienestar de la mujer o de su bebé.
Índice
¿Cuáles son los trabajos de riesgo durante el embarazo?
La normativa europea mencionada establece factores de riesgo tales como: agentes físicos, agentes químicos, agentes biológicos, riesgos ergonómicos y psicosociales, y otro tipo de condiciones de trabajo.
Factores o agentes físicos y ergonómicos
Se refiere a todas la actividades que puedan implicar lesiones fetales o provocar un desprendimiento de la placenta. Entre ellos se destacan:
- Choques, vibraciones o movimientos
- Manipulación manual de cargas pesadas que supongan riesgos, en particular dorsolumbares
- Ruido
- Radiaciones no ionizantes
- Frío y calor extremos
- Movimientos y posturas, desplazamientos, tanto en el interior como en el exterior del centro de trabajo
- Fatiga mental y física
Factores psicosociales
Son los factores que condicionan el desarrollo normal y´estándar de un embarazo. Entre ellos destacamos:
- Trabajo a turnos, que provoca diferencias horarias importantes en periodos de descanso y sueño de la madre
- Excesiva demanda de trabajo
- Movimientos repetitivos y exceso de desplazamientos
Factores químicos y biólogicos
Se los llama así a los que se originan por el manipulado o exposición a determinados productos químicos. Estos factores son los más fáciles de identificar. En los casos de mujeres embarazadas existen las siguientes cuatro codificaciones:
- Riesgos durante el embarazo con efectos adversos para el feto
- Los que pueden perjudicar a niños alimentados con leche materna
- Posibilidad de efectos irreversibles (Ej mutagénicos)
- Aquellos que pueden causar alteraciones genéticas hereditarias
¿Qué debe hacer la mujer embarazada ante un trabajo de riesgo?
Ante un embarazo la madre debe comunicar a su jefe inmediato la situación. En todos los casos que proceda la toma de decisiones que impliquen cambios en la prevención de riesgos para ella, el feto o para los periodos durante la lactancia.
Los factores de riesgos descritos con anterioridad son generales ya que existen muchos más que o están contemplados. Por eso es conveniente que la mujer antes de tomar algún riesgo para ella o para el feto, consulte a su médico tratante acerca de las tareas que puede hacer y hasta que etapa del embarazo.
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